Ciudadanía italiana

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Ciudadanía italiana: nueva Ley 2025, Jure Sanguinis y Procedimiento

La ciudadanía italiana por descendencia (jure sanguinis) pasó por una cambio legislativo histórico en 2025. El Decreto-Ley número 36/2025 (conocido como Decreto Tajani), convertido en Ley nº 74/2025 En 24 de mayo de 2025, se introdujo un límite generacional que no existía antes: ahora, solo hijos y nietos de italianos nacidos en Italia pueden solicitar el reconocimiento de la ciudadanía. La Corte Constitucional italiana confirmó la constitucionalidad de esta restricción en marzo de 2026.

La oficina Sandra Koelln ofrece asesoramiento jurídico actualizado sobre las nuevas normas y acompaña la preparación del expediente documental, las traducciones y la tramitación del proceso, ya sea por la vía consular, directamente en una *comune* en Italia, o por la vía judicial cuando sea aplicable.

 

Nuevas Reglas: Ley 74/2025 (Decreto Tajani)

Hasta marzo de 2025, Italia no imponía un límite generacional para reconocer la ciudadanía por descendencia. Bastaba con demostrar una cadena ininterrumpida hasta un antepasado italiano vivo después del 17 de marzo de 1861 (fecha de la unificación de Italia). Esta situación ha cambiado radicalmente.

Qué ha cambiado

  • Límite de 2 generaciones: ahora solo los hijos y nietos de italianos nacidos en Italia pueden solicitar la ciudadanía. Bisnietos, tataranietos y generaciones posteriores fueron excluidos
  • Regla del menor (2024): Si el antepasado italiano se naturalizó ciudadano de otro país mientras el hijo aún era menor de edad, la cadena de transmisión se considera interrumpida.
  • Hijos nacidos en el extranjero (a partir de mayo de 2025): los hijos de italianos nacidos fuera de Italia solo adquieren la ciudadanía automáticamente si uno de los padres residió en Italia por al menos 2 años antes del nacimiento
  • Tarifa de €600: el coste de la solicitud pasó de 300 a 600 euros, y se prevé un nuevo aumento a 700 euros

Regla de Transición

Importante: solicitudes presentadas o nombramientos confirmados en consulados, municipios o tribunales hasta el 27 de marzo de 2025 (23:59 hora de Roma) seguirán evaluándose con arreglo a las normas anteriores, sin límite generacional. Si ya tenía un caso en curso antes de esa fecha, sus derechos se mantienen.

Recuperación de la ciudadanía (Norma del menor)

La nueva ley trajo también una ventana positiva: personas nacidas en Italia o que residieron en el país por al menos 2 años consecutivos y que perdieron la ciudadanía italiana por la antigua regla del menor pueden solicitar la recuperación entre el 1 de julio de 2025 y el 31 de diciembre de 2027.

 

Requisitos actuales para obtener la nacionalidad italiana

  • Ser hijo o nieto de ciudadano italiano nacido en Italia
  • Cadena documental completa: certificados de nacimiento, matrimonio y defunción de todo el linaje
  • El antepasado italiano no debe haberse nacionalizado en otro país antes del nacimiento del siguiente descendiente en la línea (o mientras era menor de edad).
  • CNN (Certificado de no naturalización) del antepasado italiano
  • Documentos traducidos al italiano por traductor jurado y apostillados (Apostilla de La Haya)

Casos de Línea Materna Pre-1948

Históricamente, la ley italiana no reconocía la transmisión de ciudadanía por línea materna a hijos nacidos antes del 01/01/1948. Estos casos requerían una acción judicial (recurso al Tribunal Civil de Roma). Con la Ley 74/2025, se espera que esta vía judicial específica sea gradualmente reemplazada por las nuevas reglas generales, pero los procesos ya en curso continúan tramitando normalmente.

 

Caminos hacia el reconocimiento

Vía Consular

La solicitud se presenta en el consulado italiano de la jurisdicción de residencia. La cola puede variar de 2 a 12 años según el consulado; los consulados de las grandes ciudades latinoamericanas suelen tener colas bastante más largas.

Vía Judicial (Recurso al Tribunal de Roma)

Para los casos de línea materna anteriores a 1948, el proceso judicial es la única opción. También puede utilizarse como alternativa cuando la cola consular es demasiado larga. El plazo medio es de 12 a 24 meses.

Directamente en Comune en Italia

Para quienes puedan residir temporalmente en Italia, la solicitud puede hacerse directamente al comune (municipio). El plazo legal es de 120 días tras el protocolo, por lo que esta vía es bastante más rápida que la consular.

 

Preguntas Frecuentes sobre Ciudadanía Italiana

¿Cuántas generaciones pueden solicitar la ciudadanía italiana?

Con la Ley 74/2025 (Decreto Tajani), en vigor desde mayo de 2025, solo pueden solicitar la nacionalidad los hijos y nietos de italianos nacidos en Italia. Los bisnietos y las generaciones posteriores ya no pueden acogerse a las nuevas normas. Las solicitudes presentadas antes del 28 de marzo de 2025 siguen rigiéndose por las normas anteriores (sin límite generacional).

¿Necesito ir a Italia para solicitar la ciudadanía?

No necesariamente. El proceso se puede hacer por la vía consular (en el país de residencia) o judicial (Tribunal de Roma). Sin embargo, si se opta por la vía en comune, será necesario establecer residencia temporal en Italia.

Cuánto tiempo tarda el proceso?

Vía consular: 2 a 12 años (varía enormemente por consulado y tiende a ser más largo en países de América Latina). Vía judicial: 12 a 24 meses. Vía común: 120 días después de la presentación (plazo legal). Con las nuevas restricciones, se espera que las colas consulares disminuyan gradualmente.

Mi abuelo/abuela era italiano. Todavía tengo derechos?

Sí — los nietos de italianos nacidos en Italia siguen siendo elegibles según la Ley 74/2025. Lo que ha cambiado es que los bisnietos y generaciones posteriores ya no tienen derecho. Si la transmisión es por línea materna y el descendiente nació antes de 1948, puede ser necesario recurrir a la vía judicial. Cada caso debe ser analizado individualmente.

¿Y si ya tengo un caso en curso?

Los procesos registrados o con cita confirmada hasta el 27 de marzo de 2025 (23:59, hora de Roma) seguirán siendo evaluados bajo las reglas anteriores. Esto se aplica a las solicitudes en consulados, municipios y tribunales. El estado de ciudadanía ya reconocida de otros familiares no afecta su caso.

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